Promulgaron la ley que limita las jubilaciones del Poder Judicial y cuerpo diplomático
Desde mañana comienza a regir la fórmula que cambia la forma de calcular salarios y edad jubilatoria.
La ley que limita las jubilaciones de privilegio de jueces, fiscales y personal del servicio exterior comenzará a regir mañana, tras ser publicada su promulgación en la edición del Boletín Oficial.
La norma fija una nueva fórmula para calcular el haber inicial del sector, que hasta ahora era del 82 por ciento del último sueldo y que, desde mañana, se hará en base al promedio de las últimas 120 remuneraciones al valor actualizado.
El nuevo régimen jubilatorio para magistrados y funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público de la Nación incrementa además, en forma gradual, a 65 años la edad para acceder, en el caso de los hombres, al beneficio jubilatorio pero mantiene en 60 años la opción para las mujeres.
Para acceder a este régimen, tienen que haber trabajado un mínimo de 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.
La norma fija una nueva fórmula para calcular el haber inicial del sector, que hasta ahora era del 82 por ciento del último sueldo y que, desde mañana, se hará en base al promedio de las últimas 120 remuneraciones al valor actualizado.
El nuevo régimen jubilatorio para magistrados y funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público de la Nación incrementa además, en forma gradual, a 65 años la edad para acceder, en el caso de los hombres, al beneficio jubilatorio pero mantiene en 60 años la opción para las mujeres.
Para acceder a este régimen, tienen que haber trabajado un mínimo de 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.