Plan Agroforestal: lo que debe saber el productor para evitar multas
Especialistas derriban mitos en cuanto a la ley. "Algunos piensan que disminuirán su superficie productiva al momento de reforestar, pero esto no es así", aseguran.
El 30 de abril vence el plazo para la presentación de las declaraciones juradas que deben llenarse para cumplir con el Plan Provincial Agroforestal (PPA). Mediante las mismas, los productores cordobeses deben cargar sus números catastrales, informar la superficie actual con presencia de árboles y visualizar el porcentaje exigido de su unidad productiva. Luego, el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia será quien determine si la unidad productiva cumple o no con las exigencias de la Ley Provincial 10.467, que prevé alcanzar en 10 años, la implantación de árboles en unas 100.000 hectáreas en todo el territorio cordobés.
El trámite es obligatorio y se realiza a través de la página web y mediante la clave Ciudadano Digital. En caso de incumplimiento, el propietario deberá afrontar una multa cuyo monto puede alcanzar hasta el 100 % del impuesto Inmobiliario rural del predio representado.
"Se trata de un trámite sencillo que el propio productor puede realizar, pero que en muchos casos se vuelve engorroso ante el desconocimiento o la carga de datos erróneos", expresó a LA VOZ DE SAN JUSTO la ingeniera agrónoma y asesora agroforestal, Alejandra Danguise.
Danguise trabaja junto a su colega Lucila Bertoli en los relevamientos a campo y presentación de declaraciones juradas para "alivianar" la tarea al propietario del inmueble rural.
Los errores más comunes
"Muchos propietarios tienen su campo alquilado por lo que no conocen en detalles estas cuestiones", manifestó Danguise.
En este sentido, la especialista comentó que "una de las fallas más comunes que se registran es la carga de datos erróneos o que no tienen veracidad, siendo que se trata de una declaración jurada".
"Ante el desconocimiento o el temor de tener que plantar más especies y por ello, perder superficie productiva, muchos ´agrandan´ la cantidad de árboles presentes en el predio, siendo que el Ministerio realiza un control muy preciso de esta información a través de satélites", puntualizó.
La entrevistada rescató la importancia de cargar información veraz para evitar multas. "El productor tiene dos oportunidades para cargar esta declaración; si la primera de ellas es observada, tiene una posibilidad de rectificarla, pero en caso de que tenga que hacer una nueva rectificación, se arriesga a recibir una sanción ligada al impuesto Inmobiliario".
Al respecto, Danguise explicó que "seguramente tendrá un reintegro, a futuro, pero mientras tanto deberá afrontar el pago del impuesto con un aumento".
El asesoramiento profesional es clave
Danguise destacó la importancia de contar con asesoramiento de un profesional a la hora del armado del plan forestal, etapa que vendrá luego del análisis de la declaración jurada, en caso de que no alcanzar el porcentaje mínimo de forestación en su predio.
Según establece la ley, el índice requerido de forestación para cada unidad se tomará a partir de múltiples criterios, en una banda del 2 al 5 por ciento, y según los siguientes ítems: capacidad del uso del suelo; erosión eólica e hídrica; precipitaciones medias de la zona y pendientes del terreno.
Armar un plan adecuado y potenciar la producción
"La parte más complicada viene después, en caso de que el Ministerio le pida reforestar. Es indispensable que el productor se contacte con un profesional habilitado para poder armar esta planificación; deberá detallar qué especies va a poner , dónde y la justificación de las mismas", explicó la ingeniera agrónoma.
Y recordó que indefectiblemente debe ser un ingeniero agrónomo o ingeniero forestal con habilitación de asesor forestal.
La profesional señaló además que "hay productores que piensan que van a disminuir su superficie productiva al momento de reforestar, pero esto no es así, ya que todo establecimiento cuenta con ´un talón de Aquiles´ donde se pueden disponer los árboles sin restarle superficie a la actividad".
Danguise recordó que el propietario del campo tiene un plazo de 10 años para poder realizar el plan de reforestación, siendo que al quinto año debe contar con el 50% de la superficie cubierta.
Alternativas
"Hay varias alternativas para poder cumplir con la ley -sostuvo. En el caso de una zona ganadera, de mucho viento, se pueden organizar cortinas dispuestas de tal manera que el ganado coma mejor y más cómodo; si la zona es agrícola y de acuerdo a la dirección de los vientos predominantes, se puede disminuir la incidencia en el cultivo; si se dispone de una entrada importante al campo, aprovechar para forestarla o armar una especie de casona con un buen parque", ejemplificó.
"Depende de la especie que se implante, también se puede destinar esa área a alquilarla para apicultura o actividades foresto industriales con destino maderable o bioenergético", continuó.
"Otro proyecto que tenemos es el tema de los bordes urbanos rurales en lo que hace a la franja de restricción de aplicación de agroquímicos. Se podría forestar para generar un límite más definido y así evitar la deriva de las pulverizaciones", puntualizó Danguise.